Página 194 - MYPIMES Y EMPRESA FAMILIAR

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B-10 original, incorporando algunos lineamientos para mejorar su funcionamiento,
así como el de darle un carácter de normatividad requerida para su observancia
obligatoria.
Según este primer documento, las partidas de los estados financieros que deben
actualizarse son:en el balance: Todas las partidas no monetarias, incluyendo
como tales a las integrantes del capital contable, permitiendo únicamente en los
rubros de inventarios y activos fijos tangibles la aplicación del método de costos
específicos, si así lo decide la empresa; en el estado de resultados:Los costos o
gastos asociados con los activos no monetarios, y, en su caso, los ingresos
asociados con los pasivos no monetarios.Por otra parte, se establece que deberá
revelarse en forma apropiada una síntesis de los efectos producidos con motivo de
la actualización de los estados financieros del periodo.
En enero de 1987, se emite la circular 29 “Recomendaciones para fines de
comparabilidad en un entorno inflacionario” y en noviembre de 1987, esta circular
pasa a ser el segundo documento de adecuaciones al boletín b-10.En este
documento se expresa que para lograr una mejor comparabilidad en el Estado de
Resultados de ejercicios anteriores, se requiere que éste sea expresado en pesos
de poder adquisitivo promedio del ejercicio actual, y el Estado de Posición
Financiera a pesos de cierre del ejercicio actual.En un entorno inflacionario, la
comparabilidad de información entre distintos periodos se ve fuertemente afectada
por la inestabilidad de la unidad económica empleada en la elaboración de los