Página 62 - POLITICAS PUBLICAS

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representante de la Confederación Nacional de Propietarios Rurales, CNPR; c) un
representante del Consejo Nacional Agropecuario, CNA; d) un representante del
Congreso Agrario Permanente, CAP; y, e) un consejero independiente designado
por el Ejecutivo Federal, a través de la SHCP.
En este caso, la estructura formal comprende la diferenciación por niveles
jerárquicos y funciones, así como la descripción de los cargos. Para la distribución
y desempeño de sus actividades, la estructura orgánica de FINRURAL estaba
integrada por un Director General, el Consejo Directivo y cuatro comités: de
Operación, de Crédito, de Administración Integral de Riesgos, y de Recursos
Humanos y Desarrollo Institucional, los cuales operaran, de acuerdo con la Ley
Orgánica, sin perjuicio de los demás que constituya el Consejo.
A pesar de que el Consejo Directivo, tiene un alto nivel de injerencia en las
decisiones de FINRURAL, en ningún documento normativo se especifican
literalmente los objetivos general y específicos de este, sin embargo sus
actividades, atribuciones y facultades, se detallan de manera muy específica tanto
en la Ley como en el Estatuto Orgánico de la Financiera Rural. Esta organización
ejerce, de manera fáctica, poder sobre el restos de los integrantes de FINRURAL,
ya que existe de su parte, control de los recursos financieros, cognitivos y de
procesos (Pfeffer y Salanick, 1978), que los programas necesitan para el
desarrollo de sus actividades.
Por otro lado, tanto el resto de los integrantes de FINRURAL como las
organizadores beneficiarias o aspirantes, intentan ejercer presión y participar en el