Con tales supuestos, se estableció una relación con las particularidades de las
organizaciones de educación superior privadas a manera de directrices. En primer
lugar se consideró que las organizaciones de educación superior privadas, la
estructura formal se constituye por medio de reglas y procedimientos,
incluyéndose su connotación de ser construida socialmente. Sin embargo se
apropian de la noción institucionalizada de la educación para ser congruentes con
las demandas sociales que requieren formación profesional. Ante su carácter
empresarial, la adopción responde también a las demandas del mercado. Se
identifica como técnico el propósito social de la educación para asegurar
legitimidad y con ello generación de riqueza económica, en este caso, dichas
organizaciones atraen para la demanda educativa que está permeada de la noción
de la educación como un eje social simbólico, además de que como producto final
se garantiza la adquisición de títulos académicos para sus participantes.
La expansión de las organizaciones educativas de carácter privado, ha propiciado
que surjan diversos establecimientos, las condiciones que dicta el mercado
educativo propician una dinámica de competencia en la que es posible emplear
medios alternativos para asegurar legitimidad, sin embargo pese a que no se le
puede caracterizar como un sector homogéneo, si se puede colocar en términos
de la incorporación de elementos legitimados de sus ambientes, como las
estructuras de captación de demanda que si bien operan de manera diferentes,
son fundamentales en el proceso de construcción de legitimidad.
Por último, las organizaciones educativas privadas se insertan en un campo
organizacional en el que coexisten otros proveedores educativos, el sector