mismo, es el encargado de Proponer al Consejo el nombramiento de los
servidores público de la Financiera que ocupen cargos con dos jerarquías
administrativas inmediatas inferiores a este, así como a sus delegados fiduciarios,
sin embargo, esta atribución no le permite imponer, sino se limita a la acción de
propuesta, quien tomará la decisión en todo momento será el Consejo; someter a
la autorización del Consejo el establecimiento, reubicación y cierre de
coordinaciones regionales y agencias.
El Director General, también se encuentra obligado a someter a consideración y
aprobación del Consejo las reglas de operación del fondo del patrimonio de
FINRURAL; así como presentar anualmente ante este para su aprobación los
programas operativo y financiero, estimaciones de ingresos anuales y presupuesto
de gastos e inversión para el ejercicio siguiente; rendir al Consejo informes
semestrales; finalizando con las demás que le atribuya la Ley Orgánica y el mismo
Consejo, donde puede observarse que la ley confiere a este, la misma atribución
que ella posee para la delegación de responsabilidades y funciones
Los comités, a los que anteriormente se hizo referencia, y que se encuentran
constituidos por servidores públicos, representantes de dependencias y entidades
del sector público y, en su caso expertos en la materia, tendrán en relación con el
Consejo Directivo de FINRURAL, entre otras, las siguientes actividades:
El Comité de Operación, someterá a consideración y aprobación del Consejo las
políticas y lineamientos sobre: las políticas generales sobre tasas de interés,
plazos, garantías y demás características de las operaciones de la Financiera; el